Libre tránsito digital de información

Esta semana ha sido publicada una noticia de sumo interés en la página web de noticias de El Diario mediante la que se informaba al lector de los resultados de la investigación por parte de la Comisión Europea acerca de las plataformas digitales en la red. Trece de los veintiocho estados miembros abogan por el libre tránsito de datos dentro de los países miembros de la Unión Europea.

Libertad de tránsito de la información

A raíz del comienzo de la lucha contra el terrorismo por parte de Estados Unidos, se crea como recurso un programa clandestino de vigilancia electrónica por parte del Gobierno hacia sus ciudadanos. Ese programa se conocía como PRISM, y fue filtrado y destruido hace unos años. Al mismo tiempo es creado en el año 2000 el Safe Harbour, un acuerdo por el cual se autorizaba a las compañías no europeas el tránsito de datos a un tercer país, en este caso Estados Unidos, siempre y cuando se respetasen las disposiciones legales de los Estados miembros y se garantizase un nivel de protección adecuado. Este plan fue derribado de manos del activista austríaco Max Schrems, y la conclusión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea fue que nuestros datos no estaban seguros en territorio estadounidense. A principios de esta semana, se ha enviado a la Comisión Europea una carta firmada por trece de los veintiocho estado miembros pidiendo la libre circulación de datos dentro de la Unión Europea.

Motivos de la misiva

detector de frecuencias

detector de frecuencias

Con un sistema bancario casi estandarizado, así como la libre circulación de personas entre los países de la Unión Europea, era de esperar que lo siguiente que se solicitara es que la información pudiera fluir de manera libre entre los estados miembros. El problema viene cuando no se determina qué es lo que se consideran datos y que a día de hoy no se encuentra todavía vigente el Privacy Shield, la nueva regulación que rige el tránsito de información entre la Unión Europea y Estados Unidos, lo que trae diferentes posturas entre los estados miembros europeos. Los términos libertad digital cada vez suenan más alto como derecho de los ciudadanos europeos. Pero sin duda uno de los principales propósitos de la carta es que la Directiva Europea de Protección de Datos de 1988 debe hacerse más flexible, y se simplifique la normativa que dirige a las compañías de telecomunicaciones para impulsar la inversión en redes que puedan competir contra las usadas por Japón, Corea del Norte o Estados Unidos. Las leyes europeas se atisban algo indefinidas en estos dos aspectos y hoy por hoy nuestros datos continúan almacenándose en servidores de otros países.

La libertad como mejora

La libertad digital que permitiría el libre tránsito de datos entre los estados miembros de la Unión Europea da también cabida a la Estrategia de Mercado Único que presentó la Comisión Europea el año pasado. Éste pasa por derribar las barreras en el mundo cibernético para que las empresas europeas accedan a los datos y puedan contar con la oportunidad de competir con pesos pesados del mercado como, entre otros, Estados Unidos o Japón. En la carta recibida en Bruselas que ostenta la presidencia rotatoria, se asegura que las plataformas en línea otorgan oportunidades tanto a proveedores como consumidores. Para poder hacer competencia a las grandes potencias es necesario que se cree una buena infraestructura y hacer unos avances en tecnologías digitales y modelos de negocio, beneficiándose significativamente así de ellas si se establece un buen marco normativo. Para conocer la resolución resultante de la misiva tendremos que esperar hasta finales de este año y ver si la propuesta de libre circulación de datos en la Unión Europea es aceptada o no.

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